1. Marco normativo aplicable
La actividad desarrollada en Casino Sofitel se rige por la Ley 19.574 de Uruguay y su normativa complementaria, que establecen obligaciones de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo para instituciones financieras y no financieras, incluidos los casinos y establecimientos de juego.
En calidad de sujeto obligado no financiero, la operación del casino se encuentra sujeta a la supervisión de la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central del Uruguay y se adecua a los estándares internacionales del Grupo de Acción Financiera (GAFI/FATF).
La normativa uruguaya exige la implementación de sistemas efectivos de debida diligencia del cliente, programas de monitoreo basados en riesgo, identificación de beneficiarios finales y reporte de operaciones inusuales o sospechosas.
2. Identificación y verificación del cliente
La identificación y verificación de la identidad de los clientes se realiza mediante documentos fiables cuando se efectúan operaciones que alcanzan determinados umbrales monetarios o presentan características de riesgo elevado.
La identificación del cliente incluye, como mínimo:
- Nombre completo y documento de identidad vigente
- Fecha de nacimiento y nacionalidad
- Domicilio actual
- Actividad económica y origen de los fondos
Cuando un cliente actúa en representación de una persona jurídica o de otra estructura, se solicita documentación que acredite la existencia legal de la entidad, la identidad del representante y la identificación del beneficiario final.
3. Identificación del beneficiario final
De conformidad con la Ley 19.574, el beneficiario final se entiende como la persona física que posee al menos el 15 % del capital o de los derechos de voto de una entidad, o que ejerce el control final sobre la misma.
Esta obligación aplica cuando el cliente opera en nombre de terceros, estructuras societarias o fideicomisos. A tales efectos, se solicita una declaración escrita del beneficiario final y, cuando corresponda, documentación de respaldo. La información se verifica mediante fuentes confiables y se actualiza de manera periódica.
4. Debida diligencia basada en riesgo
La debida diligencia del cliente se aplica siguiendo un enfoque basado en riesgo. El nivel de análisis y control se determina considerando, entre otros factores:
- Volumen y frecuencia de las operaciones
- Perfil económico y actividad declarada
- Procedencia geográfica
- Uso de efectivo y patrones de transacción
- Relación entre el monto operado y el perfil del cliente
Los clientes clasificados como de alto riesgo quedan sujetos a medidas de debida diligencia reforzada, que pueden incluir verificación adicional del origen de los fondos, revisiones periódicas de la relación comercial y monitoreo continuo de las operaciones.
5. Propósito de la relación comercial
Al inicio de la relación comercial se recaba información sobre su propósito y naturaleza. Estos datos permiten elaborar un perfil de riesgo del cliente y contribuyen a la detección de operaciones que no sean consistentes con la actividad declarada.
Se realizan revisiones regulares de las relaciones contractuales y de las transacciones para verificar su coherencia con el perfil del cliente, incluyendo la verificación de la fuente de fondos cuando existan dudas razonables.
6. Monitoreo de operaciones y señales de alerta
Las operaciones realizadas en las instalaciones del casino se monitorean de forma continua para identificar patrones inusuales o sospechosos. Entre las señales de alerta consideradas se encuentran, entre otras:
- Grandes depósitos en efectivo con participación mínima en el juego y retiro inmediato de fondos
- Compra de fichas sin participación efectiva en las actividades de juego
- Utilización de terceros para fragmentar operaciones y evitar umbrales de identificación
- Operaciones de complejidad inusual sin justificación económica aparente
- Inconsistencia entre el monto operado y el perfil económico del cliente
El personal recibe instrucciones para reconocer estas señales y reportarlas internamente de acuerdo con los procedimientos establecidos.
7. Reporte de operaciones sospechosas
Las operaciones inusuales, sin justificación económica, de complejidad inusual o que puedan involucrar fondos de posible origen ilícito se reportan a la UIAF, sin notificación previa al cliente, conforme a la obligación de confidencialidad establecida en la normativa vigente.
Se mantienen registros de todas las operaciones reportadas y de las evaluaciones de riesgo efectuadas, los cuales se ponen a disposición de las autoridades competentes en el marco de auditorías y procesos de supervisión.
8. Conservación de registros
La documentación de identificación del cliente, los registros de transacciones y los análisis de riesgo se conservan durante el plazo establecido por la normativa uruguaya. Estos registros se mantienen de forma segura y confidencial y están disponibles para las autoridades supervisoras cuando así se requiera.
9. Capacitación y cumplimiento interno
El personal del casino recibe capacitación periódica en materia de prevención de lavado de activos, identificación de señales de alerta y procedimientos de reporte. Se mantiene un programa interno de cumplimiento que contempla auditorías regulares, actualización de los procedimientos y designación de responsables de cumplimiento.
10. Obligaciones del cliente
Los clientes deben proporcionar información veraz, completa y actualizada al momento de la identificación y colaborar con los procedimientos de verificación que se requieran. La negativa a suministrar la información solicitada, la falta de actualización de datos relevantes o la detección de información falsa puede dar lugar a la suspensión o terminación de la relación comercial y al reporte correspondiente a las autoridades competentes.
11. Modificaciones
La presente política puede ser modificada para reflejar cambios en la normativa uruguaya, en los estándares internacionales o en los procedimientos internos de cumplimiento. Las modificaciones entran en vigor desde su publicación y se comunican a los clientes mediante los canales habituales de información.

